El pasado día 12 de diciembre, el presidente de la Generalitat, Artur Mas, anunció por sorpresa la fecha y la pregunta de la deseada consulta sobre el futuro político de Cataluña, con una formulación binaria de la pregunta que, en palabras de los firmantes del acuerdo de la consulta, representa todo el abanico de sensibilidades políticas que reúnen CiU, ERC, ICV-EUiA y la CUP. Se había especulado mucho sobre la fecha conveniente, y todavía más sobre la formulación de la pregunta, dados los diversos criterios de claridad que debía satisfacer (v. Pau Bossacoma, «La claredat de la pregunta», 14/11/2013): inteligibilidad , simplicidad, neutralidad, brevedad y corrección jurídica; cinco aspectos que guardan una relación directa o muy estrecha con el uso del lenguaje en todos sus niveles: sintáctico, léxico, discursivo y también orto(tipo)gráfico. Días atrás, con los datos oficiales en la mano, Pau Bossacoma sometió a juicio la adecuación de la pregunta binaria a las exigencias del criterio de inteligibilidad, concluyendo: «l’apel·lació a un estat −sense més adjectius− s’allunya en excés d’aquest requisit. Parlar d’estat sense més ni més és molt similar a apel·lar a l’estat propi, i ja vaig alertar, d’acord amb el CATN [Consell Assessor per a la Transició Nacional], que estat propi podria significar estat independent, confederat o federat» («la apelación a un estado −sin más adjetivos− se aleja en exceso de este requisito. Hablar de estado sin más es muy similar a apelar al estado propio, y ya alerté, de acuerdo con el CATN, que estado propio podría significar estado independiente, confederado o federado» (v. «La consulta supera l’examen de la claredat?», 16/12/2013). No le faltaría razón si no fuera porque, en su análisis, obviaba un detalle que difícilmente le pasaría desapercibido a cualquier profesional o especialista en grafémica, normatividad, estilo en los medios escritos o técnica legislativa, y que el propio Mas recalcó como pertinente y significativa acotación a la enunciación literal de la primera parte de la pregunta: «−escrit Estat òbviament en majúscules−» (‘escrito Estado obviamente en mayúsculas’).
¿Qué quiere decir esto? Para el común de la gente, probablemente nada; para los firmantes del acuerdo, tampoco mucho, visto que, en su blog, el líder de ERC, Oriol Junqueras, reprodujo la pregunta con la palabra estado en minúsculas (v. «9 de novembre de 2014: 'Vol que Catalunya esdevingui un estat? Vol que sigui un estat independent?»). Pero para los especialistas, «escrit Estat òbviament en majúscules» (‘escrito Estado obviamente en mayúsculas’) significa mucho, quiere decir todo lo que había que decir sobre el tipo de estado que los catalanes, si la suerte y la fuerza nos acompañan, iremos a votar. Para empezar, la expresión dicha coloquialmente «en majúscules» referida a la manera de escribir una palabra se interpreta como equivalente de «amb majúscula inicial» (‘con mayúscula inicial’), es decir: Estado. El adverbio òbviament (‘obviamente’) muestra una evidencia y al mismo tiempo excluye alternativas: el estado al que se refiere la pregunta de la consulta no puede ser otro (claro) que un Estado. Finalmente, en las lenguas romances, la mayúscula tiene una función diacrítica que deshace la ambigüedad inherente a los homónimos fuertemente polisémicos, es decir, tiene la capacidad de ayudarnos a identificar las palabras con la misma escritura y pronunciación pero con significados distintos, a veces incluso con matices semánticos muy diversos, como es el caso de estado. Lo que nos dice, pues, esta mayúscula inicial es que estado y Estado no quieren decir lo mismo.
Si la pregunta se hubiera formulado en castellano, sabríamos con toda certeza cuál es la diferencia entre estado y Estado con sólo echar un vistazo a la normativa ortográfica vigente. De hecho, cuando la pregunta se ha traducido al castellano, varios medios españoles han hecho el muy relevante énfasis ortográfico. Desde el 2005, recogiendo un uso corriente en los medios escritos y previamente defendido por José Martínez de Sousa, la Real Academia Española dejó establecida en su Diccionario panhispánico de dudas la norma siguiente (la negrita es mía):
estado. 1. Se escribe con inicial mayúscula cuando significa ‘conjunto de los órganos de gobierno de un país soberano’: «La cooperación entre diversos órganos del Estado» (Siglo [Pan.] 10.4.97); también cuando se refiere a la unidad política que constituye un país, o a su territorio: «El derecho internacional no hace diferencia en cuanto al tamaño o la ubicación geopolítica de los Estados» (Ortega Paz [Nic. 1988]). [...] 2. Se escribe con minúscula en el resto de sus acepciones, incluida la que se refiere a la porción del territorio de un Estado cuyos habitantes se rigen, en algunos asuntos, por leyes propias (como ocurre con las demás entidades territoriales: comunidad autónoma, departamento, provincia, región, etc., que se escriben con inicial minúscula): «En el estado de Oaxaca hubo elecciones extraordinarias» (Excélsior [Méx.] 27.5.96).
La norma del castellano es muy clara: un Estado son los órganos de gobierno de un país plenamente soberano e independiente, y un estado es uno de los territorios de un Estado que gozan de autonomía política y legislativa, particulamente en los regímenes federales. Esta diferencia gráfica es especialmente necesaria en el mundo hispanófono, donde hay varios Estados federales (México, Venezuela y Argentina). Por lo tanto, si la pregunta se hubiera escrito en castellano, la grafía Estado, por sí sola, excluiría la opción federal y nos permitiría una sola lectura: Estado independiente plenamente soberano.
Para doble contrariedad de Ciudadanos y del PP, la pregunta, sin embargo, está formulada solamente en catalán. Y en catalán no es tan fácil desentrañar este asunto mayúsculo. La Secció Filològica (SF) del Institut d'Estudis Catalans (que desempeña, entre otras, funciones normativas propias de una academia de la lengua, catalana en este caso) no es al respecto de la grafía de estado tan explícita como la RAE, en ninguno de sus textos normativos. En su diccionario normativo (DIEC, 2.ª ed.) debemos fijarnos en la acepción 8-1 del lema estado (entrado, como es tradición lexicográfica, en minúscula):
estat [...] 8 1 m. [LC] [PO] Forma d’organització política caracteritzada per l’existència d’un territori delimitat, una població definida i una autoritat que s’atribueix un poder indiscutible sobre els dos elements anteriors. L’estat monàrquic, republicà. Els estats europeus. El cap de l’Estat. Ministre de l’Estat. Els afers de l’Estat.
[estado [...] 8 1 m. [LC] [PO] Forma de organización política caracterizada por la existencia de un territorio delimitado, una población definida y una autoridad que se atribuye un poder indiscutible sobre los dos elementos anteriores. El estado monárquico, republicano. Los estados europeos. El jefe del Estado. Ministro de Estado. Los asuntos del Estado.]
Si bien no incluye ninguna nota ortográfica sobre la escritura de estado, de los ejemplos que da se puede inferir una convención: escribiremos estat al referirnos a un tipo concreto de organización estatal (estat monàrquic, estat republicà... y, por extensión, también estat federal, estat confederal, estat independent) pero a ningún estado en concreto; estats para el plural de la palabra, y Estat para hacer alusión a uno en concreto y a sus órganos. En su opúsculo «L’ús de les majúscules i les minúscules» (versión 4, 07.27.2003, § 12.1.4.4), la SF tampoco explicita el criterio, que de nuevo hay que inferir de los ejemplos. Para encontrar más concreción debemos dirigirnos al Cercaterm del Termcat (organismo oficial de normalización terminológica del catalán), que en los téminos recogidos en su Neoloteca sí dice claramente lo siguiente (la negrita es mía):
estat
<Dret. Administració pública>
Subjecte de dret internacional dotat d'un territori, una població, una organització política i plena sobirania.
Nota: En àmbits especialitzats, hi ha tendència a escriure sempre aquest terme en majúscula inicial, tant en català com en les altres llengües.
[estado
<Derecho. Administración pública>
Sujeto de derecho internacional dotado de un territorio, una población, una organización política y plena soberanía.
Nota: En ámbitos especializados, hay tendencia a escribir siempre este término en mayúscula inicial, tanto en catalán como en las otras lenguas.]
Cabe decir que esta distinción ortográfica no sólo se hace en ámbitos especializados. Por ejemplo, el libro de estilo de La Vanguardia en catalán (medio habitualmente tachado de unionista) también sigue este uso y además apostilla claramente: «Els estats que componen una federació, per exemple, els dels Estats Units, s'escriuen amb minúscula: l’estat de Califòrnia» (‘Los estados que componen una federación, por ejemplo, los de los Estados Unidos, se escriben con minúscula: el estado de California’). Como modelo de referencia más general, las formas léxicas y gráficas recogidas por el Termcat cuentan con la aprobación de su Consell Supervisor, órgano constituido, entre otros, por miembros de la Secció Filològica del IEC a quien corresponde estatutariamente «la fixació de criteris lingüístics i terminològics (normes específiques per al lèxic d’especialitat), en aplicació de les normes establertes per la Secció Filològica de l’Institut d’Estudis Catalans, ampliant amb nous acords, quan calgui, les convencions necessàries per no retardar l’elaboració i la difusió de la nova terminologia» (‘la fijación de criterios lingüísticos y terminológicos (normas específicas para el léxico de especialidad), en aplicación de las normas establecidas por la Secció Filològica de l’Institut d'Estudis Catalans, ampliando con nuevos acuerdos, cuando sea necesario, las convenciones necesarias para no retrasar la elaboración y la difusión de la nueva terminología’). Por razones de subsidiariedad, mientras la Secció Filològica del IEC no formule un acuerdo definitivo sobre las convenciones explicitadas por el Consell Supervisor del Termcat, en el campo del léxico especializado prevalecen los criterios del Termcat. Por tanto, y dado el hecho de que la pregunta se inscribe en contextos especializados (política y derecho), si la SF no dice nada en contra, lo que decidiremos los catalanes en los dos tramos de la pregunta es si queremos un Estado (con inicial mayúscula) independiente. No hay lugar en esta mayúscula para la federación de Cataluña como estado dentro de un Estado superior (el español si hubiera reforma constitucional). Podría, si se diera el caso, quedar la opción abierta para la confederación del Estado catalán con el Estado español, pero siempre sería necesario que el Estado catalán fuera primero un Estado independiente y, después, que el Estado español aceptara confederarse con el catalán, de igual a igual. Y esto sí que es una cuestión poco clara.
Silvia Senz
Filóloga, hispanista y especialista en planificación lingüística y normatividad en los medios escritos
[Traducción al castellano del artículo originalmente publicado en el blog El Pati Descobert del diario Ara, realizada y editada por la autora.]