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viernes, 1 de octubre de 2021

Qué es la norma mediática y editorial y por qué diverge de la norma académica

Crear una norma propia y obras de uso interno que la recojan es una de las maneras de guiar al autor, al redactor, al traductor y a muchos otros profesionales de los medios de comunicación e impresos por el camino correcto para llegar al destino deseado: un medio o una publicación de calidad que cumpla, además, los códigos deontológicos profesionales. 

Veamos con detalle en qué se fundamentan, qué contienen y qué papel desempeñan los libros o guías de estilo y por qué a menudo divergen de la norma académica.

 


1. Por qué es necesaria una norma editorial

Al profano en edición y periodismo puede resultarle extraño que un medio editorial no se baste con las normas del lenguaje y los cánones tipográficos generales para desarrollar su labor. Pero lo cierto es que no solo no bastan, sino que en más de una ocasión resultan un engorro. No hay un entorno donde podamos hallar mayor casuística y campo abierto para los usos combinados del lenguaje, la imagen y la tipografía, ni en cuyo manejo intervengan tantas manos, que el de las publicaciones. Y es sobre todo a las exigencias de esa gran variedad y complejidad a lo que el editor debe atender y a lo que se da respuesta mediante la confección de un prontuario (repertorio normativo) interno, de fácil consulta: las guías de estilo editorial.

 

2. Criterios de la norma editorial

Solo en lo relativo al texto, el material que se incluye en las guías de estilo de cualquier tipo de negocio editorial (prensa, revistas y libros) se selecciona sobre la base de una serie de criterios específicos del lenguaje, la comunicación y el negocio editorial y periodístico, que, en cuestiones de lengua, no siempre convergen con los de la norma de la academia o institución que establece el estándar general de una idioma y que desarrolla sus tres principales códigos (léxico general, gramática y ortografía). Estos son los criterios que rigen las normas que establecen las editoriales para su uso exclusivo:

1. Los criterios de actualidad informativa (propio de las publicaciones diarias) y de eficacia (propio de todo tipo de empresa editorial), que exigen:

dar rápida respuesta a cuestiones de lenguaje que no están bien fijadas y sobre las que aún no existe referencia suficiente o adecuada;

agilizar y optimizar, con ello, el trabajo de los redactores, los editores de texto y los correctores.

Un ejemplo de aplicación del criterio de actualidad informativa es el uso preferente en los medios de topónimos oficiales en lugar de sus exónimos. Si bien la norma académica prescribe el uso de exónimos tradicionales, cuando, por razones políticas o históricas, se oficializa un topónimo, los medios pasan a utilizar el topónimo oficial, colocando entre paréntesis el exónimo hasta que el lector se habitúe. Sería este el caso de Sri Lanka (Ceilán) y Myanmar (Birmarnia), y de los nuevos gentilicios que espontáneamente originan en castellano(esrilanqués y myanmeno, myanmarense o myanmareño).

Hoy en día, los medios periodísticos y las editoriales especializadas cuentan con la asistencia de entidades y organismos que son de ayuda a la hora de decidir cómo tratar un término relacionado con la actualidad o aún no establecido en un idioma; por ejemplo, para la prensa, pretende cumplir esta función la FundéuRAE (anteriormente Fundéu BBVA). No obstante, la Fundéu suele mantener un equilibrio precario entre el seguimiento de la norma académica y el servicio a los medios, como podemos ver en su recomendación de mantener el exónimo tradicional Birmania en lugar de Myanmar, ya habitual en los medios y en entornos diplomáticos:«Birmania y Rangún, mejor que Myanmar y Yangón».

Respecto a la neología y la terminología, una de las cuestiones acuciantes a la que tienen que atender los medios especializados, tanto en castellano, como en catalán, como en otros idiomas, son de ayuda el Termcat, el Observatori de Neologia de la Universitat Pompeu Fabra, Obneo, los Recursos de Traducción yRedacción de la Dirección General de Traducción de la ComisiónEuropea y los servicios de Lengua y Terminología de la Unión Europea.

2. Los criterios de especialización (en editoriales y medios especializados), que requieren dar respuesta a usos terminológicos específicos y recurrentes en los productos de una editorial.

Por ejemplo, una editorial especializada en catálogos de museos y obras sobre pintura, se vería en la necesidad de consignar en su libro de estilo cuestiones que no siempre se encuentran normativizadas en obras normativas generales; por ejemplo:

Los criterios de traducción, transcripción o transliteración, de escritura ortográfica y ortotipográfica y de alfabetización que se aplican a:

los cargos, títulos y tratamientos,

y todos los tipos de nombres propios de persona y de lugar citados en sus obras.

El criterio (traducción o transcripción) que se aplica a la mención o cita del título de una obra pictórica; p. ej., ¿dejamos Het Lam Gods, lo traducimos por La Adoración del Cordero Místico o damos primero la traducción canónica y, entre paréntesis, el título original? ¿Dejamos Installation for Bilbao o, como obra pensada como instalación permanente del Museo Guggenheim Bilbao, lo traducimos por Instalación para Bilbao/Bilborako instalazioa?

El criterio (traducción o transcripción) que se aplica al nombre propio citado de las entidades, los edificios y las partes comunes y no comunes de los edificios; p. ej., ¿dejamos The Fitzwilliam Museum o lo traducimos por Museo FitzWilliam?

La grafía (ortográfica y ortotipográfica) que se aplica al nombre propio citado de las entidades, los edificios y las partes comunes y no comunes de los edificios; p. ej.:

La Capilla de San Fernando, la iglesia de Santa Mónica, el palacio de Mariemont; la Galería de los Espejos, el salón de los pasos perdidos...

El criterio (traducción o transcripción) que se aplica al nombre propio citado de las ferias, exposiciones, galerías y otros acontecimientos artísticos; p. ej., ¿dejamos «Chicano Visions: American Painters on the Verge», lo traducimos por «Visiones chicanas: pintores Estadounidenses al Borde», o dejamos el título original de la exposición y ponemos su traducción entre paréntesis?

La grafía (ortográfica y ortotipográfica) de los títulos de pinturas concretas y de series pictóricas de un mismo autor; p. ej.:

La tentación, El juicio de París; Los Sentidos, Los Triunfos...

La grafía (ortográfica y ortotipográfica) de los géneros y temas pictóricos; p. ej.:

paisajes, cabezas, floreros, cacerías...

La grafía (ortográfica y ortotipográfica) de los soportes y formatos pictóricos; p. ej.:

retablo, lienzo, tabla, tríptico, (de) gabinete, (de) taller, (de) escuela, bodegón, paisaje, retrato, marina...

La grafía (ortográfica y ortotipográfica) de las personificaciones alegóricas y de las alegorías; p. ej.:

el Amor, la Tierra; pero «la alegoría de la tierra se representa en una joven...».

La grafía (ortográfica y ortotipográfica) de los tecnicismos que se expresan usualmente en una lengua extranjera (xenismos); p. ej.:

pendant, putti, vanitas...

La grafía (ortográfica y ortotipográfica) de las escuelas, movimientos y tendencias pictóricos.

(Etc.)

3. Los criterios estilísticos y deontológicos de:

1) Claridad del discurso (rasgo derivado del principio elocutivo de la retórica clásica denominado perspicuitas), que:

en prensa y revistas, supone una escritura tendente a la concisión;

en todo medio escrito, exige evitar toda grafía o construcción que pueda resultar ambigua o difícilmente inteligible para el público al que el medio se dirige.

Un ejemplo de aplicación de este criterio es el mantenimiento de la tilde diacrítica en algunos libros de estilo, en los casos en que la Ortografía académica del 2010 prescribe eliminarla arguyendo que la falta de tilde no causa ambigüedad, porque las posibles ambigüedades pueden resolverse casi siempre por el propio contexto comunicativo. Lo que no sabe la RAE es que, en las publicaciones, muy a menudo las palabras aparecen aisladas, sin contexto que ayude a deshacer la ambigüedad. Por ejemplo:

2) Expresividad, que implica el uso de lenguaje figurado y de recursos de captación de la atención del receptor.

3) Rigor, que exige la aplicación de criterios de escritura unificados y constantes. Por ejemplo, si en palabras que pueden escribirse juntas o separadas se decide escribirlas juntas, se hará con todas ellas y de manera sistemática. En los medios de comunicación se añade a este criterio el de veracidad, que exige ser fidedigno a hechos y declaraciones, razón por la cual, por ejemplo, puede mantenerse en una cita la literalidad y la manera idiosincrásica de expresarse del citado/entrevistado aunque contravenga la norma idiomática.

4) Identidad corporativa, que requiere el establecimiento de opciones de grafía propios, que confieran a la editorial un sello distintivo.

4. Los criterios de proximidad (propio de los medios con un mercado localizado), de adecuación y de sincronía, que conllevan:

la adecuación del lenguaje empleado al lector;

la adecuación del lenguaje empleado al momento, es decir, al uso idiomático contemporáneo;

la adecuación del lenguaje empleado a la obra (a su estilo predominante, género, temática y uso).

En cuanto a la adecuación al lector, tenemos un buen ejemplo en las discrepancias entre lo que dice por su parte el Diccionario panhispánico de dudas (DPD) de la RAE en lo tocante a los extranjerismos (generalmente galicismos) acabados en vocal + t , y lo que establece al respecto el diario La Vanguardia en la versión actualizada de su Libro de redacción (versión electrónica no venal, solo para uso interno), pese a haberse comprometido a adaptar sus normas de redacción a lo establecido en el DPD.

El Diccionario panhispánico de dudas (DPD) adapta estas voces —aunque solo en ocasiones y de manera arbitraria—, eliminando la terminación consonántica y tildando la última vocal; p. ej., ballet > balé (pl. balés).

En cambio, la versión en línea del Libro de redacción del diario La Vanguardia dice lo siguiente:

extranjerismos.

[...]

Tres grados de aceptación de los extranjerismos: 

1. Se emplean en redonda y grafía original cuando están muy arraigados, no existe un equivalente aceptable en castellano o la hispanización no difiere fonéticamente del original: ballet, crack, cricket, jogging, striptease. [...]

Y en el diccionario de dudas del Libro de redacción de La Vanguardia se mantiene la forma original francesa, pero en redonda, de todo este paradigma de galicismos que la RAE adapta:

DPD de la RAE

LdR de La Vanguardia

ballet > balé (pl. balés).

ballet > balet (pl. balets)

bidet > bidé (pl. bidés)

bidet > bidets (pl. bidets)

carnet > carné (pl. carnés):

carnet > carnet (pl. carnets):

chalet > chalé (pl. chalés)

chalet > chalet (pl. chalets)

El motivo para resistirse a admitir estas adaptaciones no es otro que el principio de proximidad. La Vanguardia es un medio en castellano que —aunque tiene mayor difusión— se edita y publica en una zona catalanohablante; las terminaciones en -t son propias del catalán, y las voces mencionadas suelen ser pronunciadas, incluso hablando en castellano, con la t final por cualquiera que tenga el catalán como primera o segunda lengua. Por esta razón se hace comprensible el rechazo de La Vanguardia a la norma académica de elisión de la -t en estos casos, que se interpreta como una norma ortológica inadmisible.

En cuanto a la adecuación a la obra y al lector, un buen ejemplo es el tratamiento de los topónimos (nombres de lugar de cualquier tipo) y de nombres propios de edificaciones que se establecen en los libros de estilo de editoriales y revistas especializadas en guías de viaje. A diferencia de lo que establecen las normas académicas sobre toponimia —otro campo, por cierto, donde se entromete la RAE aún no siéndole propio—, que dictan que, siempre que haya exónimo castellano (traducción tradicional) de un nombre de lugar, se use el exónimo en lugar del topónimo original, en una guía de viaje debe primar el objetivo de ubicar y guiar al lector/viajero por el sitio que visita. Teniendo en cuenta que allí encontrará los rótulos e indicaciones en el idioma y escritura locales, en los libros de estilo de este tipo de obras se suele establecer el siguiente tratamiento de los topónimos y nombre propios mencionados:

primero, si hay exónimo tradicional, se menciona el exónimo del lugar en cuestión;

a continuación, entre paréntesis, se da el topónimo o nombre propio de lugar original; si es en una lengua con alfabeto latino, se transcribe sin dejarse ningún diacrítico; si es una lengua en otro alfabeto o sistema de escritura, se transcribe en dicho alfabeto y sistema de escritura y se añade seguidamente su romanización (transcripción al castellano o transliteración normalizada a la escritura latina), que le servirá al lector de cierta orientación sobre su pronunciación.

Por ejemplo:

«Al sur de la plaza de Tiananmén (天安門廣場, Tiān'ānmén Guǎngchǎng) se encuentra el Mausoleo de Mao Ze Dong (毛主席 纪念堂, Máo Zhǔxí Jiniantang), una edificación cubicular en donde reposa el cuerpo embalsamado del fundador de la República Popular China.»

5. El criterio de corrección política, que incorpora al tratamiento textual una actitud no discriminatoria.

La ausencia de seguimiento de este criterio puede acarrear graves problemas, como muestra el acatamiento ciego que el diario El País hizo de la siguiente recomendación del organismo paraacadémico FundéuRAE (ant. Fundéu-BBVA):

«indio»e «indígena»

20/12/2005

Se advierte de la utilización errónea de la palabra indígena como sinónimo de indio.

La Fundéu recuerda que indígena no es sinónimo de indio, por lo que recomienda que no se hable de indígena cuando se quiera hacer referencia al origen indio del recién elegido presidente de Bolivia, Evo Morales.

Indígena es la persona originaria de un país, por lo que este término es aplicable tanto a Evo Morales como a su rival, el conservador Jorge Quiroga, pese a que éste no es de origen indio. Sin embargo, los dos son originarios de Bolivia.

Posiblemente, por razones políticas o eufemísticas, se llama indígenas a los indios de los países hispanoamericanos, hasta el punto de que a la doctrina que propugna reivindicaciones políticas y sociales para los indios y mestizos en las repúblicas iberoamericanas se le da el nombre de indigenismo.

Pese a ello, se reitera que lo correcto, en este contexto, es hablar de indios y no de indígenas y de «comunidad india» y no de «comunidad indígena».

Debido al sentido peyorativo que muy mayoritariamente tiene el término indio en América Latina, el defensor del lector de El País tuvo que salir al paso de la avalancha de quejas de los lectores, que se pueden leer aquí.

6. El criterio de inclusión social, propio de las obras adaptadas a personas con desventaja, como las correspondientes al sello Lectura Fácil.

Cabe añadir a todo ello que todas las discrepancias que puedan darse entre norma académica y norma editorial no solo están justificadas por estos criterios, sino que pueden darse libremente por simple voluntad del editor, por el simple hecho de que las normas académicas no son de obligatorio cumplimiento per se.

 


[Fuentes: 

Silvia Senz, Jordi Minguell y Montserrat Alberte: «Las academias de la lengua española, organismos de planificación lingüística», en: Silvia Senz y Montserrat Alberte: El dardo en la Academia. Barcelona: Melusina, 2011, vol. 1, 371-550.

Silvia Senz, curso «Edición de textos y corrección de estilo», en Aula SIC.]



 


jueves, 20 de febrero de 2014

Las guías de estilo editorial: historia, tipología, materializaciones y contenido

[Artículo actualizado y muy ampliado el 9/11/2011.] 
 

 

A fin de armonizar y optimizar la labor de todos los que intervienen en la elaboración, edición y producción de una publicación, las editoriales suelen valerse de guías internas de trabajo, llamadas genéricamente libros o guías de estilo, que pueden afectar a todas las publicaciones de la editorial, a una colección o a una publicación en concreto, particularmente singular y compleja.

El objetivo de esta compilación de indicaciones y normas es permitir a los integrantes del proceso de redacción y edición:

  • lograr la mayor eficacia en la labor de cada uno,

  • conseguir la máxima unidad de criterio posible entre todos y, con ello, cristalizar en todos los elementos de la publicación (texto, tipografía e ilustración) la imagen corporativa del medio,

  • y orientar su trabajo a las necesidades particulares de una determinada materia o colección, a las preferencias del editor, al tipo de producto impreso que comercializa y al tipo de lector al que se dirige. 

     

1. Tipos de guías de estilo

Tradicionalmente, se han acuñado los textos que compilan la normativa editorial (general o específica) con muy variados nombres: normas editoriales, prontuarios editoriales, cartillas tipográficas, códigos tipográficos, libros de estilo, manuales de estilo... Esta caótica terminología ha dio pie a propuestas de uniformación en la nomenclatura y de categorización tipológica, como la que realiza José Martínez de Sousa en su Manual de estilo de la lengua española (en la 1.ª ed.: Gijón, Trea, 2000, pp. 35-39), que propone una clasificación basada en:

  • su contenido (norma lingüística, norma tipográfica, norma ortotécnica, norma documental, deontología profesional, legislación, estilo redaccional, etc.);

  • su campo de conocimiento (ciencia, técnica, humanidades, etc.),

  • su ámbito de aplicación (público, interno; general, especializado, de administración, prensa, editoriales de libros, imprentas, comunidad científica, etc.);

  • su estilo normativo (sólo prescripción o combinación de contenido descriptivo y normativo).

Pese a que esta impecable taxonomización no tiene, en la práctica, correspondencia con los muy variopintos y confusos títulos que este tipo de guías suelen exhibir, merece, sin embargo, la pena ahondar en la caracterización realizada por Martínez de Sousa para poder navegar sin perder el rumbo por el cada vez más proceloso mar de obras de estilo editorial. 

Valgan, pues, estas orientaciones críticas para identificar sus materializaciones y aspectos más relevantes y bordear prudentemente el resto.

 

1.1. Los códigos tipográficos

 Los códigos tipográficos son publicaciones normativas, que recogen las reglas para la realización de un impreso, particularmente las de grafía tipográfica. Su contenido se limita a recoger el canon de escritura con tipos de imprenta (macro y microtipografía) de una lengua y de una tradición impresa.

Precedidos por la publicación en 1608 de la Orthotypographia del alemán Hyeronimus Hornschuch, desde el siglo XVIII proliferaron en Francia diversos manuales de tipografía de la mano de impresores y tipógrafos que publicaron sus tratados con la intención de difundir y fijar el arte de la imprenta y de mejorar la calidad textual y gráfica de los impresos. Pero no sería hasta la primera mitad del siglo XX cuando, en la misma Francia, se publicó una obra destinada a uniformar diversos aspectos de la escritura en francés con tipos de imprenta, que devendría de referencia común: el Code typographique – Choix de règles à l’usage des auteurs et des professionnels du livre, Fédération nationale du personnel d’encadrement des industries polygraphiques et de la communication (1.ª ed, 1926-17.a ed., 1993), considerado durante largo tiempo a en el país vecino como la biblia de los tipógrafos, y también de los correctores y de los escritores en lo relativo a grafía tipográfica. Su modernización en la obra de nueva planta Nouveau code typographique (1997) no consiguió mantener su crédito, sino todo lo contrario: permitió que obras superiores acabaran supliendo el papel referencial del viejo Code. Este fue el caso del Lexique des règles typographiques en usage à l’Imprimerie nationale (1971, 1.ª ed.), del tratado publicado en la suiza francófona Guide du typographe – Règles et grammaires typographiques à l’usage des auteurs, éditeurs, compositeurs et correcteurs de la langue française (1948, 1.ª ed.), y del quebequés  Le Ramat de la typographie (2002), de Aurel Ramat, cuyas discrepancias manifiestan el actual distanciamiento en los criterios tipográficos seguidos en el mundo francófono. 

 Pese a que la imprenta española bebe de la tradición tipográfica francesa, las normas de composición tipográfica y de ortotipografía han estado dispersas durante siglos en infinidad de fuentes. Aunque en la actualidad algunas de estas convenciones están recogidas por organismos normalizadores nacionales (como las normas UNE de la Asociación Española de Normalización, AENOR), que a su vez son reflejo de normas internacionales (las normas ISO), la mayoría siguen teniendo registro particular y muestran una preocupante tendencia a la innovación errática. 

Hasta ahora, lo más parecido a un código tipográfico de uso general que existe en el ámbito hispanohablante es el Diccionario de ortografía técnica, de José Martínez de Sousa (Madrid, Fundación Germán Sánchez Ruipérez, 1987, reimpr. 1999), refundido en su Ortografía y ortotipografía del español actual (2.ª ed., Gijón, Trea, 2008; en revisión), parte de la cual se refleja también en su Manual de estilo de la lengua española (5.ª ed., Gijón, Trea, 2015). 

Para el catalán son referencias generales el Manuald’estil: la redacció i edició de textos, de Josep M. Mestres, Joan Costa, Mireia Oliva y Ricard Fité (1-4.ª eds. en Eumo Editorial; desde la 5.ª ed., 2019, disponible en línea) y la Ortotipografia: manual de l’autor, l’autoeditor i el dissenyador gràfic, de Solà y Pujol (Barcelona, Columna, 1995).

 

 

En México, Roberto Zavala Ruiz y Jorge de Buen muestran en sus obras la línea continuista de la tradición tipográfica hispánica, si bien es sabido que, particularmente, el mundo editorial de la América latina del norte y del centro del continente manifiestan una fuerte influencia de los usos ortotipográficos recogidos en los manuales de estilo anglosajones.

Con escasísimo acierto y poca concreción, la Real Academia Española ha querido también explorar en su últimas obras este campo de la escritura, que nunca le ha sido propio y para ahondar en el cual no reúne personal interno ni asesoría debidamente cualificados, como José Martínez de Sousa ha puesto reiteradamente en evidencia (cf. 1 y 2).   


1.2. Los libros de estilo

Aunque en algunos casos se comercialicen, los libros de estilo son prontuarios (obras de tipo normativo) para uso interno de una editorial, destinados al personal del medio. No suelen hacer explícito el nombre de sus autores (personal, por lo general, del propio medio editorial), puesto que reflejan de hecho el punto de vista de la empresa editora, no el de uno de sus miembros. Tienen un cariz normativo y un estilo expositivo y directivo, puesto que pretenden dar pautas claras y directas, y soluciones de urgencia al redactor periodístico.

 Aunque también existen libros de estilo institucionales, en el medio editorial los hay de dos tipos:

  • libros de estilo de publicaciones periódicas (muy usuales en prensa) 

  • y libros de estilo de publicaciones librarias.

     

1.2.1. Libros de estilo de publicaciones periódicas 

Los libros de estilo de prensa y revistas son prontuarios (obras de tipo normativo) de estilo periodístico para uso interno de una publicación periódica, nacidos en la prensa estadounidense en la primera mitad del siglo XX (1931, primera edición del libro de estilo del Daily News) con el fin de establecer cánones deontológicos y retóricos específicamente periodísticos, y soluciones unificadas a problemas de grafía.

 Aunque nacieron en los Estados Unidos, hoy se hallan extendidos por todo el mundo. Todo periódico que se precie tiene el suyo (o sigue, en líneas generales, uno establecido por otro periódico). En España, entre los libros de estilo periodísticos en castellano sobresalen el del grupo Vocento, el de La Voz de Galicia, el de El País, el de El Periódico, el de La Vanguardia y el de ABC. Lo tienen, asimismo, ciertas emisoras de radio y televisiones. La radio cuenta con el Manual de estilo de RNE; las agencias de prensa, con el excelente Manual de español urgente, y la televisión, con el Manual de estilo de TVE, entre otros.

A pesar de que, por el hecho de responder a necesidades y criterios privativos, los libros de estilo no presentan —justificadamente— unidad de criterio lingüístico, la regulación de la lengua española está presidida por una ideología homogeneizadora y autoritaria, que entiende esta divergencia como un comportamiento díscolo y «peligroso» para la unidad idiomático-espiritual de todos los países donde el castellano es lengua hegemónica. Por ello, como parte de una política de Estado en torno al castellano cuyo objeto fundamental es fijar una forma común del idioma y un imaginario igualmente común en torno a ella, desde España se impulsaron diversas iniciativas para uniformar los usos en los medios de comunicación a ambos lados del Atlántico: la creación de la Fundéu-BBVA (hoy, Fundéu-RAE), que opera también en algunos países latinoamericanos, y la firma de un convenio entre la RAE, la Fundéu-BBVA y muy diversas cabeceras de prensa y grupos de comunicación de España y América, por el cual las empresas mediáticas suscriptoras se comprometían a adoptar en sus respectivos libros de estilo las pautas establecidas en el Diccionario panhispánico de dudas (DPD2005), aun cuando no fueran adecuadas ni suficientes para atender a las necesidades de un medio masivo (v. tb. Silvia Senz, Jordi Minguell y Montserrat Alberte: «Las academias de la lengua española, organismos de planificación lingüística», en: Senz, Silvia/Alberte, Montserrat: El dardo en la Academia. Barcelona: Melusina, 2011, vol. 1, 371-550; esp. pp. 518-524). Habiendo quedado obsoleto el DPD2005, este acuerdo se limita hoy al seguimiento de las recomendaciones de la Fundéu, que más de una vez entra en conflicto con el uso lingüístico en cada país y con las necesidades específicas de cada medio, como ya vimos en esta entrada

Ahondando en este objetivo de ejercer control sobre la práctica escrita y homogeneizarla, la RAE publicó en el 2020 un Libro de estilo de la lengua española (según la norma panhispánica, cuya pretensión ya no es solo unificar los libros de estilo de los medios escritos existentes, sino también los audiovisuales y la escritura de los usuarios en los medios digitales y la pronunciación. Todos estos fines son evidentemente absurdos, porque, como hemos dicho:

  • van en contra los principios que guían los libros de estilo; 

  • teóricamente al menos, la RAE renunció hace años a dar norma ortológica (correcta pronunciación) dada la diversidad de hablas utilizadas en los medios e industria audiovisual), y además

  • los usos escritos en mensajes de textos, whatsapps (wasaps para la RAE), tuits, etc., son formas particulares, libres, espontáneas y muy contextuales y cambiantes de expresión verbal y gráfica, que no son fijables, homogeneizables, simplificables, ni regulables.

En el ámbito anglosajón, un entorno presidido por el liberalismo normativo, donde los modelos de referencia llegan a serlo en función de su excelencia y utilidad, existe una obra de consulta común de los medios por mérito propio —y no como resultado de una política lingüística de Estado con alcances económicos y geoestratégicos—, que sirve de modelo para la redacción de los libros de estilo particulares; se trata del The Oxford Dictionary for Writers and Editors (2.ª ed., Oxford, Oxford University Press, 2000), que cuenta con una nueva edición: New Oxford Dictionary for Writers and Editors: The Essential A-Z Guide to the Written Word (2005).

 

 

1.2.2. Los libros de estilo bibliológicos  

Los libros de estilo bibliológicos son textos normativos, editados por y para las editoriales de libros, que tienen su precedente histórico en los códigos tipográficos y las normas ortotipográficas recogidas en los libros sobre técnica tipográfica. Son por lo general obras breves, que atienden especialmente los problemas y dudas que se plantean en determinadas líneas editoriales, por sus características temáticas y procedimentales, y por el perfil del lector al que van destinadas. 

 Hay casi tantos libros de estilo editoriales como empresas editoriales, en no pocas ocasiones con discrepancias poco justificadas entre unos y otros, que responden más al capricho de sus redactores o del editor que a un criterio sólido, y que suponen un quebradero de cabeza al traductor (y el corrector) que trabaja para más de una editorial, por tener que memorizar cada una de esas divergencias gratuitas. 


1.3. Los manuales de estilo generales y especializados

Los manuales de estilo son obras de carácter descriptivo y explicativo, además de normativo, editadas para un público amplio, que recogen tanto el contenido de los códigos tipográficos como las normas para la redacción y edición de obras académicas o científicas.

En el mundo anglosajón son obras de común referencia en el ámbito de las humanidades el Copy-Editing: The Cambridge Handbook for Editors, Authors and Publishers (de Judith Butcher; 2006, 4.ª ed.), el The Oxford Guide to Style (de Horace Hart; 2002), el MLA Handbook for Writers of Research Papers (de Joseph Gibaldi y Phyllis Franklin; 2003, 6.ª ed.) y el The Chicago Manual of Style (2010, 16.ª ed.). En el ámbito de las ciencias sociales, el Publication Manual of the American Psychological Association (2020, 7.ª ed.); en el de las ciencias biomédicas, el Scientific Style and Format: The CBE Manual for Authors, Editors, and Publishers (2006, 7.ª ed.).

Para una visión exhaustiva de las entidades, colectivos de especialistas, autores y editores que elaboran los principales manuales de estilo anglosajones del campo de las ciencias, puede consultarse: Emilio Delgado-López-Cozar: «Normalizacióneditorial de las publicaciones científicas en soporte digital», en VV. AA.: Análisis de la difusión digital de los contenidos científicos en las Universidades Españolas con una propuesta de manual de buenas prácticas, Madrid, Fundación Residencia de Estudiantes, 2004, cap. 5, pp. 231-282, esp. 241-252.  

De este tipo de obras, en España sólo disponemos, en el campo de la medicina, del Manual para la redacción, traducción y publicación de textos médicos, de José Luis Puerta López-Cózar y Assumpta Mauri Mas (Barcelona: Masson, 1994) y del Manual de estilo de publicaciones biomédicas, de la revista Medicina Clínica (Madrid, Mosby/Doyma Libros, 1993), que ofrece, este último, de forma rigurosa y coherente, amplios criterios sobre el proceso de elaboración y publicación de artículos científicos, sobre aspectos lingüísticos relacionados con la expresión técnica y sobre convenciones tipográficas del texto científico-médico.

 

El único manual de estilo de tipo general, especialmente aplicable para las humanidades, que existe en España es el Manual de estilo de la lengua española(5.ª ed., Gijón, Trea, 2015), de José Martínez de Sousa, que es asimismo especialmente útil para el traductor, puesto que casi cada entrada de la parte enciclopédica incluye criterios de traducción, adaptación o transliteración. Para el catalán cumple esta misma función el ya citado Manual d'estil: la redacció i l'edició de textos, de Josep M. Mestres, Joan Costa, Mireia Oliva y Ricard Fité, que sirve además de referencia general para cualquier lengua por la vastedad y rigor con que recoge usos y normas de grafía científica y documental.

En el campo del lenguaje no discriminatorio y de las publicaciones inclusivas, existen dos excelentes manuales:

  1. El Manual de lenguaje administrativo no sexista, coordinado por Antonia M. Medina Guerra (Málaga, Asociación de Estudios Históricos Sobre la Mujer, Universidad de Málaga, 2002.  
  2. El manual de Lectura fácil: métodos de redacción y evaluación, de Óscar García Muñoz (Madrid, Real Patronato sobre Discapacidad, 2012.


2. Contenidos habituales de las guías de estilo

En cuanto a su contenido, en términos generales estas guías suelen:

  • recoger las características gráficas de una publicación,

  • compilar los aspectos del discurso que ocasionan mayor titubeo y más errores al autor, el traductor y a todos los eslabones de la cadena de edición, 
  • y ofrecer a todos ellos pautas redaccionales, tipográficas y metodológicas específicas.

Las guías de estilo van dirigidas a todos los integrantes de la cadena de edición. Este es su contenido exhaustivo relativo al texto, según el destinatario:

 

2.1. Normas que afectan especialmente a los redactores y autores

En medios de comunicación: fundamentos y objetivos de la labor periodística.

Criterios de deontología (conducta ética y socialmente responsable):

  • periodística,

  • científica;

  • documental (reconocimiento e identificación de la bibliografía consultada, e identificación y reproducción de las citas textuales).

Estándares propios de las disciplinas de que traten las obras que habitualmente publica una editorial.

Aspectos controvertidos de la disciplina sobre la que tratan las obras que habitualmente publica una editorial.

Instrucciones para la correcta presentación de los originales:

  • uso del programa de procesamiento de textos;

  • formateo de la página (tipo y cuerpo de letra, interlineado, medidas, márgenes y numeración);

  • identificación y presentación de las partes de la obra;

  • formato de presentación de los documentos;

  • organización del texto en partes;

  • tratamiento y disposición de los diversos tipos de texto (texto general, notas, pies de figuras, rotulados de figuras, recuadros de texto, citas intercaladas, remisiones internas, índices y cuadros);

  • sistema y grafía que debe utilizar para las citas textuales, para la manipulación de las citas, para la elaboración de la referencia bibliográfica y para la confección de bibliografías;

  • tratamiento y presentación de las imágenes;

  • grafía de signos y símbolos.

Estilo, tono y estructura de textos específicos:

  • destinados a una sección (si se trata de publicaciones periódicas),

  • destinados a una obra o colección determinadas (si se trata de publicaciones bibliológicas).

Normas de transcripción a la lengua de la publicación de diacríticos y signos especiales de otras lenguas con alfabeto latino (alemán, checo, danés, finlandés, húngaro, polaco, rumano, etc.).

Normas de transcripción a la lengua de la publicación de idiomas con alfabetos no latinos (árabe, búlgaro, griego, hebreo, serbio, ruso, etc.).

Normas de transcripción a la lengua de la publicación de idiomas con escrituras logográficas (chino y japonés principalmente).

Normas de adaptación a la lengua de la publicación de transcripciones (de lenguas en alfabeto no latino o con escritura logográfica) hechas para el inglés o el francés.

Normas de lenguaje no sexista.


2.2. Normas que afectan especialmente al editor de textos y a los correctores (de originales, o de estilo, y de pruebas, o tipográficos)

 Repertorio de obras y normas de referencia en la editorial.

Aspectos de la ley de Propiedad Intelectual relativos al derecho del autor a la integridad de su obra y al derecho a corregir pruebas.

Pautas generales para unificar criterios.

Normas de alfabetización.

Formación y grafía de abreviaciones (abreviaturas, siglas y acrónimos).

Empleo de mayúsculas y minúsculas.

Grafía de las citas textuales.

Sistema de cita bibliográfica.

Grafía de los lemas.

Grafía de los poemas.

Grafía de los diversos tipos de notas.

Grafía de los diversos tipos de índices.

Grafía de las bibliografías.

Grafía de las cronologías.

Mecanismos de las remisiones.

Grafía de las firmas.

Grafía de los folios explicativos.

Grafía de párrafos, apartados y subapartados.

Grafía y empleo de los símbolos.

Grafía y empleo de signos.

Empleo de los signos de puntuación en tipografía.

Grafía de las cifras y cantidades.

Normas de división y separación de palabras a final de línea en las pruebas tipográficas.

Normas de partición de títulos en las pruebas tipográficas.

Aplicación de las variantes de letra con valor diacrítico: cursiva, negrita, versalita, redonda y redonda entrecomillada.

Lista de errores morfosintácticos habituales (género, número, concordancia, valores verbales, uso de determinantes, uso de preposiciones, uso de formas verbales...).

Criterios unificados en cuestiones que pueden grafiarse y disponerse de más de una manera (con o sin acento; junto y separado; con dos grafías posibles [yerba/hierba]; con o sin inicial mayúscula, con cifra o con letra...).

Lista de palabras habitualmente mal empleadas (impropiedades, anglicismos, barbarismos, galicismos, etc.).

Lista de homófonos y parónimos.

Lista de siglas, acrónimos, abreviaturas y símbolos habituales.

Listas de antropónimos y topónimos dudosos o habituales.

Lista de gentilicios dudosos o poco habituales.

Signos de corrección de estilo y de corrección tipográfica.

Método de la corrección de estilo y de la corrección tipográfica.

Recursos en la red para el trabajo del editor de textos y del corrector. 


2.3. Normas que afectan especialmente a los traductores

Criterios generales para resolver problemas de transferencia cultural de difícil solución o para los que existen diversas opciones sobre las que el traductor no acaba de decidirse (p. ej., supresión de la referencia cultural, aclaración por medio de nota a pie del traductor o adaptación mediante equivalencia en la cultura de la lengua destino).

Criterios de traducción/transcripción/adaptación:

  • de abreviaturas;

  • de citas e inscripciones;

  • de siglas;

  • de locuciones latinas;

  • de nombres de acontecimientos históricos, guerras y batallas;

  • de antenombres y títulos de dignidad;

  • de títulos y grados académicos;

  • de rangos militares;

  • de antropónimos y de sobrenombres;

  • de nombres propios de religiosos (frailes y monjas), reyes, emperadores, príncipes, cardenales y papas;

  • de nombres de personajes de ficción;

  • de nombres de asambleas políticas;

  • de nombres de partidos políticos;

  • de nombres de asociaciones, entidades, establecimientos comerciales, instituciones, organismos, organizaciones y sociedades;

  • de nombres de modelos y marcas registrados;

  • de nombres de eventos: campeonatos, competiciones, ferias, exposiciones, salones, congresos, jornadas...;

  • de nombres de equipos deportivos;

  • de nombres de deportes y juegos;

  • de nombres de estilos y movimientos artísticos, políticos y culturales;

  • de nombres científicos de animales o plantas;

  • de nombres propios de animales;

  • de nombres propios de aviones, embarcaciones, satélites artificiales, trenes y zepelines;

  • de nombres propios de fenómenos naturales;

  • de nombres de fiestas, conmemoraciones y celebraciones;

  • de nombres de grupos musicales o teatrales;

  • de sistemas de notación musicales;

  • de nombres de premios o condecoraciones;

  • de nombres de órdenes y congregaciones religiosas y de sectas;

  • de topónimos geográficos (físicos y políticos) y de topónimos urbanos;

  • de títulos de conferencias, cursos, tratados y encíclicas;

  • de títulos de obras creadas, publicadas o no (artículos, danzas y ballets, diarios, discos, documentos en línea, esculturas, folletos, canciones, libros, obras teatrales, óperas, películas, pinturas, poesías, programas y series de televisión o radio, revistas, sinfonías y otras composiciones musicales clásicas, tebeos, vídeos, etc.);

  • de títulos de páginas electrónicas y sus partes;

  • de títulos de programas de investigación.

Normas de transcripción de nombres propios y topónimos de lenguas con alfabeto no latino.

Normas de transcripción de nombres propios y topónimos de lenguas con alfabeto latino.

Normas de transcripción a la lengua de la publicación de diacríticos y signos especiales de otras lenguas con alfabeto latino (alemán, checo, danés, finlandés, húngaro, polaco, rumano, etc.)

Normas de adaptación a la lengua de la publicación de transcripciones (de lenguas en alfabeto no latino o con escritura logográfica) hechas para el inglés o el francés.

Lista de extranjerismos ortográficos y ortotipográficos.

Lista de extranjerismos léxicos.

Lista de falsos amigos.

Sistemas de medidas no normalizados y equivalencias en el Sistema Internacional.

Instrucciones para la correcta presentación de los originales:

  • uso del programa de procesamiento de textos;

  • formateo de la página (tipo y cuerpo de letra, interlineado, medidas, márgenes y numeración);

  • identificación y presentación de las partes de la obra;

  • formato de presentación de los documentos;

  • transcripción y tratamiento en la traducción de los blancos del diseño de la obra original;

  • tratamiento y disposición en la traducción de los diversos tipos y estilos de texto (texto general, notas, pies de figuras, rotulados de figuras, recuadros de texto, citas intercaladas, remisiones internas, índices y cuadros).

Recursos en la red para el trabajo del traductor.

Silvia Senz