miércoles, 19 de febrero de 2014

Términos clave en la edición y corrección de textos

Una pequeña selección de conceptos básicos de edición y corrección, extraídos del material didáctico que imparto a profesionales en activo, del Manual de edición y autoedición de José Martínez de Sousa, y de mis artículos «“En un lugar de la ‘Mancha’”... Procesos de control de calidad del texto, libros de estilo y políticas editoriales» (Panace@, vol. VI, n.º 21-22, septiembre-diciembre del 2005), «La edición impresa, una cuestión de estilo» (Páginas de Guarda, n.º 2, nov. 2006, pp. 80-95), «Esencia y vigencia del canon editorial en la edición de textos» (Español Actual, núm. 88 (2007), monográfico «Ortografía y ortotipografía», pp. 43-62) y «Y en el principio fue... la tipografía» (en VV.AA.: Cuaderno de español: ortotipografía, Buenos Aires: Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires-Comisión de Idioma Español, col. Cuadernos Profesionales, 2013):



Proceso editorial: conjunto de los procesos de preedición, preimpresión, impresión y publicación

Preedición: conjunto de estudios, gestiones y pasos necesarios para decidir sobre la conveniencia de editar una obra (libro o revista) o un conjunto de obras (colección).

Preimpresión (edición): conjunto de procesos a los que se somete un original de texto, y de ilustración en obras ilustradas, para darle forma tipográfica, adecuándolo al uso y al lector al que irá destinado.

Impresión (producción o fabricación): en edición en papel, conjunto de procesos a los que se somete un texto e imagen ya tratados, compuestos y compaginados, con forma tipográfica virtual, con el fin de darles forma impresa.

Publicación: operaciones necesarias para sacar a la luz pública una obra ya editada (e impresa en edición en papel), para lo cual es necesario darla a conocer al lector y ponerla a su alcance, por diversas vías.






Edición de textos: conjunto de tareas de preparación, revisión y corrección de un texto.

Preparación (tipográfica): señalización que se realiza en el texto original, según marcas y símbolos específicos, de las pautas tipográficas de composición y compaginación (tipos de letra, tipos de párrafo, márgenes, medidas de caja, sangrías, cuerpos e interlineados, filetes, orden de la compaginación, etc.).


Revisión: en edición de textos, entendemos por revisión todo trabajo de supervisión de un texto, cuyo objeto es evaluar su adecuación a diversos estándares de calidad y a las exigencias del propio editor.

Corrección: en edición de textos, entendemos por corrección todas y cada una de las modificaciones, de fondo o de forma y más o menos sustanciales, que se introducen en un texto, con objeto de ajustarlo a diversos estándares y parámetros de calidad y estilo exigidos por el editor y el medio.






Estilo: en edición se entiende por estilo ciertas formas de escritura y composición tipográfica que obedecen a:

La manera peculiar de escribir de un autor, es decir, las elecciones que este hace entre una serie de recursos lingüísticos y elocutivos a su alcance, en razón de una voluntad comunicativa, y también estética y creativa en los textos literarios.

Esta elección está condicionada:

1) por la personalidad del propio escritor y sus gustos estéticos y hábitos expresivos;

2) por el conocimiento que el escritor tenga del código lingüístico y particularmente del código escrito del idioma en el que escribe;

3) por su dominio de los procesos de composición y autorrevisión del texto;

4) por factores contextuales, como los usos que exige el entorno en el que escribe, su campo epistemológico, el lector a quien se dirige, y el momento cultural y tecnológico en el que escribe.

La manera peculiar de una editorial de dar forma tipográfica al texto de una autor, que viene determinada por:

1) la sensibilidad y gusto estético del profesional (diseñador gráfico, editor...) que decide el aspecto gráfico que va a tener una obra;

2) por su conocimiento de las formas canónicas de composición y compaginación tipográficas y de los sistemas de producción y reproducción gráfica;

3) por su capacidad interpretar un texto, realizando la síntesis de aquellos parámetros comunicativos (mensaje, tema, estructura y función del texto, destinatarios...) que exigirán reinterpretación;

4) por factores contextuales, como el momento cultural y tecnológico en el que escribe.






Calidad estilística y competencia textual:

En una obra original de autor, se entiende por calidad estilística la plasmación de la competencia comunicativa escrita, o competencia textual, del autor, definible por la suma de cuatro subcompetencias:

1) Competencia gramatical. Consiste en el dominio del código lingüístico convencional de la lengua usada: vocabulario (repertorio léxico), reglas de formación de palabras (morfología), de construcción de sintagmas y oraciones (morfosintaxis y sintaxis), significado (semántica), y reglas de representación gráfica (ortografía). La competencia gramatical del autor/emisor permite al lector/receptor una comprensión precisa del significado literal de las expresiones lingüísticas.

2) Competencia contextual. Atañe a la producción adecuada a los elementos contextuales de la comunicación (cotexto, situación, conocimiento del mundo compartido por emisor y receptor, y variedades lingüísticas, niveles de lengua y registros propios del emisor y/o del receptor, del tema o del campo de conocimiento).

3) Competencia discursiva. Consiste en el dominio de la combinación de formas lingüísticas para elaborar un texto (escrito u oral) en diferentes géneros o tipos de texto. Incluye conocimientos de coherencia y cohesión textuales.

4) Competencia estratégica. Incluye capacidades concretas, verbales y no verbales, para reparar errores ocasionales o deficiencias sistemáticas de los hablantes, o para reforzar la eficacia comunicativa.


La competencia textual se sustenta en la suma de los siguientes saberes y destrezas:

1) Adecuación: saber escoger la variedad (dialectal/estándar; coloquial o culta) y el registro (general/específico, oral/escrito, objetivo/subjetivo y formal/informal) más adecuada a cada situación de comunicación.

2) Coherencia (coherencia global): saber discriminar y seleccionar la información relevante, y saber organizarla globalmente —siguiendo si es preciso estructuras convencionales predeterminadas—, de forma progresiva y congruente.

3) Cohesión (coherencia lineal): saber utilizar los recursos lingüísticos que articulan las distintas frases de un texto, de forma que las ideas en él contenidas progresen de manera trabada y congruente.

4)Corrección ortográfica y gramaticalidad: conocer las reglas ortográficas de una lengua, y las reglas morfológicas y sintácticas que permiten construir frases aceptables por una comunidad que comparte un mismo sistema lingüístico.

5) Eficacia comunicativa: saber formular el mensaje para un receptor ausente pero conocido, utilizando el estilo expresivo (la selección de recursos y estrategias elocutivas) que mejor se acomode al lector y aplicando refuerzos discursivos que optimicen la comprensión del escrito.


En obras de traducción, la calidad estilística del trabajo de un traductor será el reflejo del grado de asunción de competencias textuales específicas, propias no sólo de su competencia escrita, sino también de su profesión:

1) Competencia textual: conocimiento del código lingüístico, insuficiente, sin embargo, para explicar las equivalencias de mensaje en la traducción.

2) Competencia enciclopédica: conocimiento de las cosas y del mundo, de todas las realidades que conforman nuestro universo físico y mental (especialmente de los entornos espaciales, temporales y culturales en los que se inscribe el texto original —en la lengua meta—, y los entornos espaciales y culturales de la lengua destino en la misma época del texto original).

3) Competencia comprensiva: la que permite comprender o interpretar un texto. Consiste en la capacidad de realizar la síntesis de todos los parámetros de la comunicación: autor, mensaje, función del texto, destinatarios, etcétera.

4) Competencia reexpresiva: es la capacidad de reformular lo comprendido en otro idioma, a partir de ciertas técnicas de expresión y redacción.


Calidad textual: resultado óptimo que se persigue en la creación y producción editorial de un texto.


Control de calidad textual: aplicación al proceso editorial de una serie de tareas de planificación, dirección, revisión y supervisión con el fin de:

adecuar la publicación al marco regulador que la afecta (normas de calidad, lingüísticas, terminológicas, documentales, de escritura técnico-científica; reglamentos legales; códigos éticos; cánones tipográficos...).

obtener una obra que resulte legible, comprensible, correcto, adecuado y estilísticamente reconocible y discernible (como obra de un autor y también como producto editorial);

y todo ello sin traicionar la voluntad expresiva y comunicativa legítima del autor (es decir, su estilo propio).


Calidad editorial: resultado óptimo global que se obtiene de la aplicación de diferentes procesos de planificación, dirección, revisión y supervisión en la elaboración de una publicación, con la intención de obtener un producto:

→ que cumpla con el pacto establecido entre autor y editor, según el cual el editor se compromete a producir su obra en condiciones óptimas;

→ que se distinga en el mercado por su excelencia;

→ y que, con todo ello, satisfaga las expectativas del lector: de disfrute de la obra y de enriquecimiento cultural, por las que paga un precio establecido.






Legibilidad: capacidad de los elementos icónicos, tipográficos y espaciales, en función de sus rasgos morfológicos, de su color y contraste, de las relaciones de proporcionalidad que mantengan, de las diferentes manera de combinarlos y de las diversas formas de disponerlos en la página, para:
→  facilitar la percepción visual y el discernimiento del texto;
→  guiar la vista en el proceso de lectura;
→  reducir el esfuerzo perceptivo-visual en la lectura.


Afecta a procesos perceptivo-visuales de la lectura.

Las condiciones de legibilidad varían no sólo en función de los rasgos de los tipos, sino también de diversas características del lector (capacidad visual, capacidad cognitiva, conocimiento y capacidad de reconocimiento –entrenamiento lector– de los signos y convenciones gráficas del código escrito...).

Comprensibilidad (o lecturabilidad): cualidad de determinados usos del código escrito (construcción sintáctica y textual, puntuación, selección léxica...) y de ciertas disposiciones de los elementos tipográficos en la página, que facilita e incluso optimiza la comprensión de un texto.

Afecta a procesos cognitivos de la lectura.

Las condiciones de comprensibilidad varían en función del idioma y de diversas características del lector (capacidad y madurez cognitiva, conocimiento del código escrito del idioma, nivel académico y cultural, entrenamiento lector...).






Tipo: letra o caracter de imprenta.

Tipografía: arte y técnica de componer e imprimir, reproduciendo lo escrito por medio de caracteres de imprenta, según modelos canónicos.

Canon tipográfico: reglas tradicionales de composición y disposición tipográficas de los elementos textuales de una publicación o impreso (escritura tipográfica), forjadas durante siglos de práctica en las imprentas y las editoriales, perfeccionadas gracias a los avances tecnológicosy fundamentadas en una serie de criterios estilísticos y funcionales.




Silvia Senz

martes, 18 de febrero de 2014

Ortotipografía y tipografía: similitudes y diferencias (ilustradas)


Con anterioridad a esta entrada, he escrito en otras ocasiones sobre la creciente tendencia a confundir tipografía con ortotipografía. 
Para quien no tenga una noción clara de lo que abarcan la una y la otra, valga este apunte ilustrado sobre sus similitudes y diferencias:
 
Similitudes
1. La tipografía y la ortotipografía se fundamentan en los mismos principios (funcionalidad, proporcionalidad, estética y legibilidad). La prueba está en que incluso la defensa de un uso ortotipográfico determinado en detrimento de otro (propio o ajeno) suele argumentarse con recurso a estos principios.

2. Tanto la variación en los usos tipográficos como en los usos ortotipográficos dependen de corrientes culturales que emanan de los centros principales de creación y difusión de impresos o de producción de tipos de letra.
Esta es la razón por la que los usos tipográficos y las normas ortotipográficas de los países latinos son similares (la fuente común es la imprenta y la tipografía francesas). En el caso de los países plurilingües, la diferencia entre la ortotipografía de las lenguas de una misma familia es muy escasa; por ejemplo, la ortotipografía castellana y la catalana tradicionales son muy similares, aun cuando la principal obra catalana sobre ortotipografía tenga preferencias anglicistas.

Diferencias
3. La variación ortotipográfica está estrechamente relacionada con la historia de la imprenta en un ámbito geográfico-cultural determinado, pero también con la adopción de usos específicos en la escritura tipográfica de distintas lenguas o incluso familias de lenguas, y, debido a su arraigo en el texto impreso, no es fácilmente transferible de una lengua a otra sin que haya problemas de comprensión (al menos hasta que el lector se habitúa a los usos ortotipográficos foráneos).  
Por el contrario, los usos tipográficos sí son transferibles de una tradición a otra sin que en ningún momento haya problemas de comprensión.
 
4. En cuanto al texto, la tipografía afecta sólo a la construcción visual de los signos tipográficos, que pueden ser muy diversos. Y la ortotipografía, a la aplicación significativa de los signos tipográficos en el texto; es decir, es una manifestación de la funcionalidad semántica de la tipografía.
 

Ejemplos: variación tipográfica de las comillas y variación ortotipográfica de las comillas

Variación tipográfica de las comillas simples (por la tipología, o figura del mismo signo en diferentes familias de letra):



Variación tipográfica de las comillas (por los diversos diseños del signo y por la posición que ocupa cada uno de ellos en el ojo del tipo):





Variación ortotipográfica de las comillas (por el uso que se hace en cada lengua y tradición impresa):

Idioma Normales Alternativas Distancia
primarias secundarias primarias secundarias
Afrikaans „…” ‚…’


Albanés «…» ‹…› “…„ ‘…‚
Alemán „…“ ‚…‘ »…« ›…‹
Árabe «…» ‹…› “…” ‘…’
Bielorruso «…» „…“ „…“
pt
Búlgaro „…“ ‚…‘


Checo „…“ ‚…‘ »…« ›…‹
Croata »…« ›…‹


Danés »…« ›…‹ „…“ ‚…‘
Eslovaco „…“ ‚…‘ »…« ›…‹
Esloveno „…“ ‚…‘ »…« ›…‹
Español «…» “…” “…” ‘…’ 0–1 pt
Esperanto “…”



Estonio „…” „…”


Finlandés ”…” ’…’ »…» ›…›
Francés « … » ‹ … › “ … ” ‘ … ’ ¼ cuadr.
Griego «…» ‹…› “…” ‘…’ 1 pt
Hebreo “…” «…» “…„

Húngaro „…”
»…«

Inglés “…” 1 ‘…’ ‘…’ “…” 1–2 pt
Irlandés “…” ‘…’

1–2 pt
Islandés „…“ ‚…‘


Italiano «…»
“…” ‘…’ 1–2 pt
Letón „…“ „…“ "…" "…"
Lituano „…“ ‚…‘ "…" '…'
Neerlandés „…” ‚…’ “…” ’…’
Noruego «…»
„…”

Polaco „…” «…» »…«

Portugués “…” ‘…’ «…» ‹…› 0–1 pt
Rumano „…” «…»


Ruso «…» „…“ “…” ‘…’
Serbio „…“ ‚…‘ »…« ›…‹
Lenguas serbias „…“ ‚…‘


Sueco ”…” ’…’ »…» ›…›
Suiza «…» ‹…› „…“ risp. “…” ‚…‘ risp. ‘…’
Turco «…» ‹…› “…” ‘…’ 0–1 pt
Ucraniano «…» „…“ „…“
1 pt


Silvia Senz

[Traducción de la autora de la entrada original en catalán, «Ortotipografia i tipografia: semblances i diferències».]

miércoles, 18 de diciembre de 2013

Estat/estat en la consulta de autodeterminación de Cataluña. La mayúscula importancia de una mayúscula


El pasado día 12 de diciembre, el presidente de la Generalitat, Artur Mas, anunció por sorpresa la fecha y la pregunta de la deseada consulta sobre el futuro político de Cataluña, con una formulación binaria de la pregunta que, en palabras de los firmantes del acuerdo de la consulta, representa todo el abanico de sensibilidades políticas que reúnen CiU, ERC, ICV-EUiA y la CUP. Se había especulado mucho sobre la fecha conveniente, y todavía más sobre la formulación de la pregunta, dados los diversos criterios de claridad que debía satisfacer (v. Pau Bossacoma, «La claredat de la pregunta», 14/11/2013): inteligibilidad , simplicidad, neutralidad, brevedad y corrección jurídica; cinco aspectos que guardan una relación directa o muy estrecha con el uso del lenguaje en todos sus niveles: sintáctico, léxico, discursivo y también orto(tipo)gráfico. Días atrás, con los datos oficiales en la mano, Pau Bossacoma sometió a juicio la adecuación de la pregunta binaria a las exigencias del criterio de inteligibilidad, concluyendo: «l’apel·lació a un estat −sense més adjectius− s’allunya en excés d’aquest requisit. Parlar d’estat sense més ni més és molt similar a apel·lar a l’estat propi, i ja vaig alertar, d’acord amb el CATN [Consell Assessor per a la Transició Nacional], que estat propi podria significar estat independent, confederat o federat» («la apelación a un estado −sin más adjetivos− se aleja en exceso de este requisito. Hablar de estado sin más es muy similar a apelar al estado propio, y ya alerté, de acuerdo con el CATN, que estado propio podría significar estado independiente, confederado o federado» (v. «La consulta supera l’examen de la claredat?», 16/12/2013). No le faltaría razón si no fuera porque, en su análisis, obviaba un detalle que difícilmente le pasaría desapercibido a cualquier profesional o especialista en grafémica, normatividad, estilo en los medios escritos o técnica legislativa, y que el propio Mas recalcó como pertinente y significativa acotación a la enunciación literal de la primera parte de la pregunta: «−escrit Estat òbviament en majúscules−» (‘escrito Estado obviamente en mayúsculas’). 


¿Qué quiere decir esto? Para el común de la gente, probablemente nada; para los firmantes del acuerdo, tampoco mucho, visto que, en su blog, el líder de ERC, Oriol Junqueras, reprodujo la pregunta con la palabra estado en minúsculas (v. «9 de novembre de 2014: 'Vol que Catalunya esdevingui un estat? Vol que sigui un estat independent?»). Pero para los especialistas, «escrit Estat òbviament en majúscules» (‘escrito Estado obviamente en mayúsculas’) significa mucho, quiere decir todo lo que había que decir sobre el tipo de estado que los catalanes, si la suerte y la fuerza nos acompañan, iremos a votar. Para empezar, la expresión dicha coloquialmente «en majúscules» referida a la manera de escribir una palabra se interpreta como equivalente de «amb majúscula inicial» (‘con mayúscula inicial’), es decir: Estado. El adverbio òbviament (‘obviamente’) muestra una evidencia y al mismo tiempo excluye alternativas: el estado al que se refiere la pregunta de la consulta no puede ser otro (claro) que un Estado. Finalmente, en las lenguas romances, la mayúscula tiene una función diacrítica que deshace la ambigüedad inherente a los homónimos fuertemente polisémicos, es decir, tiene la capacidad de ayudarnos a identificar las palabras con la misma escritura y pronunciación pero con significados distintos, a veces incluso con matices semánticos muy diversos, como es el caso de estado. Lo que nos dice, pues, esta mayúscula inicial es que estado y Estado no quieren decir lo mismo.
Si la pregunta se hubiera formulado en castellano, sabríamos con toda certeza cuál es la diferencia entre estado y Estado con sólo echar un vistazo a la normativa ortográfica vigente. De hecho, cuando la pregunta se ha traducido al castellano, varios medios españoles han hecho el muy relevante énfasis ortográfico. Desde el 2005, recogiendo un uso corriente en los medios escritos y previamente defendido por José Martínez de Sousa, la Real Academia Española dejó establecida en su Diccionario panhispánico de dudas la norma siguiente (la negrita es mía):
estado. 1. Se escribe con inicial mayúscula cuando significa ‘conjunto de los órganos de gobierno de un país soberano’: «La cooperación entre diversos órganos del Estado» (Siglo [Pan.] 10.4.97); también cuando se refiere a la unidad política que constituye un país, o a su territorio: «El derecho internacional no hace diferencia en cuanto al tamaño o la ubicación geopolítica de los Estados» (Ortega Paz [Nic. 1988]). [...] 2. Se escribe con minúscula en el resto de sus acepciones, incluida la que se refiere a la porción del territorio de un Estado cuyos habitantes se rigen, en algunos asuntos, por leyes propias (como ocurre con las demás entidades territoriales: comunidad autónoma, departamento, provincia, región, etc., que se escriben con inicial minúscula): «En el estado de Oaxaca hubo elecciones extraordinarias» (Excélsior [Méx.] 27.5.96).
La norma del castellano es muy clara: un Estado son los órganos de gobierno de un país plenamente soberano e independiente, y un estado es uno de los territorios de un Estado que gozan de autonomía política y legislativa, particulamente en los regímenes federales. Esta diferencia gráfica es especialmente necesaria en el mundo hispanófono, donde hay varios Estados federales (México, Venezuela y Argentina). Por lo tanto, si la pregunta se hubiera escrito en castellano, la grafía Estado, por sí sola, excluiría la opción federal y nos permitiría una sola lectura: Estado independiente plenamente soberano.
Para doble contrariedad de Ciudadanos y del PP, la pregunta, sin embargo, está formulada solamente en catalán. Y en catalán no es tan fácil desentrañar este asunto mayúsculo. La Secció Filològica (SF) del Institut d'Estudis Catalans (que desempeña, entre otras, funciones normativas propias de una academia de la lengua, catalana en este caso) no es al respecto de la grafía de estado tan explícita como la RAE, en ninguno de sus textos normativos. En su diccionario normativo (DIEC, 2.ª ed.) debemos fijarnos en la acepción 8-1 del lema estado (entrado, como es tradición lexicográfica, en minúscula):
estat [...] 8 m. [LC] [PO] Forma d’organització política caracteritzada per l’existència d’un territori delimitat, una població definida i una autoritat que s’atribueix un poder indiscutible sobre els dos elements anteriors. L’estat monàrquic, republicà. Els estats europeus. El cap de l’Estat. Ministre de l’Estat. Els afers de l’Estat.

[estado [...] 8 1 m. [LC] [PO] Forma de organización política caracterizada por la existencia de un territorio delimitado, una población definida y una autoridad que se atribuye un poder indiscutible sobre los dos elementos anteriores. El estado monárquico, republicano. Los estados europeos. El jefe del Estado. Ministro de Estado. Los asuntos del Estado.]

Si bien no incluye ninguna nota ortográfica sobre la escritura de estado, de los ejemplos que da se puede inferir una convención: escribiremos estat al referirnos a un tipo concreto de organización estatal (estat monàrquic, estat republicà... y, por extensión, también estat federal, estat confederal, estat independent) pero a ningún estado en concreto; estats para el plural de la palabra, y Estat para hacer alusión a uno en concreto y a sus órganos. En su opúsculo «L’ús de les majúscules i les minúscules» (versión 4, 07.27.2003, § 12.1.4.4), la SF tampoco explicita el criterio, que de nuevo hay que inferir de los ejemplos. Para encontrar más concreción debemos dirigirnos al Cercaterm del Termcat (organismo oficial de normalización terminológica del catalán), que en los téminos recogidos en su Neoloteca sí dice claramente lo siguiente (la negrita es mía):
estat
<Dret. Administració pública>
Subjecte de dret internacional dotat d'un territori, una població, una organització política i plena sobirania.
Nota: En àmbits especialitzats, hi ha tendència a escriure sempre aquest terme en majúscula inicial, tant en català com en les altres llengües.

[estado
<Derecho. Administración pública>
Sujeto de derecho internacional dotado de un territorio, una población, una organización política y plena soberanía.
Nota: En ámbitos especializados, hay tendencia a escribir siempre este término en mayúscula inicial, tanto en catalán como en las otras lenguas.]

Cabe decir que esta distinción ortográfica no sólo se hace en ámbitos especializados. Por ejemplo, el libro de estilo de La Vanguardia en catalán (medio habitualmente tachado de unionista) también sigue este uso y además apostilla claramente: «Els estats que componen una federació, per exemple, els dels Estats Units, s'escriuen amb minúscula: l’estat de Califòrnia» (‘Los estados que componen una federación, por ejemplo, los de los Estados Unidos, se escriben con minúscula: el estado de California’). Como modelo de referencia más general, las formas léxicas y gráficas recogidas por el Termcat cuentan con la aprobación de su Consell Supervisor, órgano constituido, entre otros, por miembros de la Secció Filològica del IEC a quien corresponde estatutariamente «la fixació de criteris lingüístics i terminològics (normes específiques per al lèxic d’especialitat), en aplicació de les normes establertes per la Secció Filològica de l’Institut d’Estudis Catalans, ampliant amb nous acords, quan calgui, les convencions necessàries per no retardar l’elaboració i la difusió de la nova terminologia» (‘la fijación de criterios lingüísticos y terminológicos (normas específicas para el léxico de especialidad), en aplicación de las normas establecidas por la Secció Filològica de l’Institut d'Estudis Catalans, ampliando con nuevos acuerdos, cuando sea necesario, las convenciones necesarias para no retrasar la elaboración y la difusión de la nueva terminología’). Por razones de subsidiariedad, mientras la Secció Filològica del IEC no formule un acuerdo definitivo sobre las convenciones explicitadas por el Consell Supervisor del Termcat, en el campo del léxico especializado prevalecen los criterios del Termcat. Por tanto, y dado el hecho de que la pregunta se inscribe en contextos especializados (política y derecho), si la SF no dice nada en contra, lo que decidiremos los catalanes en los dos tramos de la pregunta es si queremos un Estado (con inicial mayúscula) independiente. No hay lugar en esta mayúscula para la federación de Cataluña como estado dentro de un Estado superior (el español si hubiera reforma constitucional). Podría, si se diera el caso, quedar la opción abierta para la confederación del Estado catalán con el Estado español, pero siempre sería necesario que el Estado catalán fuera primero un Estado independiente y, después, que el Estado español aceptara confederarse con el catalán, de igual a igual. Y esto sí que es una cuestión poco clara.


Silvia Senz
Filóloga, hispanista y especialista en planificación lingüística y normatividad en los medios escritos
[Traducción al castellano del artículo originalmente publicado en el blog El Pati Descobert del diario Ara, realizada y editada por la autora.